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Gobierno Corporativo


En Pampa consideramos que la mejor forma de conservar y proteger a nuestros inversores consiste en la adopción e implementación de las mejores prácticas de gobierno corporativo que nos sigan consolidando como una de las empresas más confiables y transparentes del mercado.

Para ello, trabajamos constantemente en incorporar las mencionadas prácticas teniendo en cuenta la tendencia internacional de los mercados y la normativa local y extranjera vigente aplicable en materia de gobierno corporativo.

El Directorio

La toma de decisiones en la Sociedad está a cargo del Directorio. El mismo está compuesto por nueve directores titulares y siete directores suplentes, de los cuales cuatro directores titulares y dos de los suplentes revisten el carácter de independientes conforme a los criterios de independencia estipulados por las normas de la CNV.

Todos nuestros directores son elegidos por el término de tres años y pueden ser reelegidos indefinidamente, a excepción de los directores independientes, que no pueden ser reelegidos por períodos sucesivos.

En cuanto a los directores que desempeñan funciones ejecutivas, se prevé una remuneración que debe ser aprobada por el Comité de Auditoría, contratos de exclusividad y no competencia y obligación de mantener 45 millones de acciones de la Sociedad para poder ejercer las opciones de compra de acciones ordinarias de Pampa Energía S.A. (“Warrants”) otorgadas. Estas disposiciones aseguran una alineación absoluta de intereses de nuestro management con el resto de los accionistas de Pampa.



Políticas de Gobierno Corporativo

 

Código de Conducta Empresarial - Línea Ética

Pampa cuenta con un Código de Conducta Empresarial que, además de establecer los principios éticos que forman la base de las relaciones entre Pampa, sus empleados y los proveedores, brinda medios e instrumentos que garantizan la transparencia de los asuntos y problemas que puedan afectar la correcta administración de Pampa.

En el marco de las distintas políticas de gobierno corporativo adoptadas en el transcurso del año 2010, el Comité de Gerencia de Pampa aprobó la implementación de la Línea Ética como un canal exclusivo para reportar, bajo estricta confidencialidad, cualquier presunta irregularidad o infracción al Código de Conducta Empresarial.

\ Código de Conducta Empresarial


Política de Divulgación de Información Relevante

En el año 2009 el Comité de Gerencia de Pampa aprobó la Política de Divulgación de Información Relevante, con el fin de regular los principios básicos del funcionamiento de los procesos de publicación de información relevante de Pampa de acuerdo con los requerimientos regulatorios de los mercados de valores en los cuales Pampa cotiza sus valores o se encuentra registrada a tales efectos.


La Comisión Fiscalizadora

Nuestro estatuto social establece que la fiscalización de Pampa estará a cargo de una Comisión Fiscalizadora integrada por tres miembros titulares y tres suplentes designados por nuestros accionistas. Los miembros de la Comisión Fiscalizadora deben ser abogados o contadores matriculados y ejercen su cargo durante tres ejercicios fiscales.

La principal función de la Comisión Fiscalizadora es efectuar un control de legalidad respecto del cumplimiento por parte del Directorio de las disposiciones de la Ley de Sociedades Comerciales, el estatuto social, sus reglamentaciones, si hubiera, y las decisiones asamblearias. Al cumplir con estas funciones, la Comisión Fiscalizadora no controla nuestras operaciones ni evalúa los méritos de las decisiones tomadas por los directores.


El Comité de Auditoría

El reglamento del Comité de Auditoría prevé que el mismo esté integrado por tres miembros titulares y que todos ellos deberán revestir el carácter de independientes conforme a los criterios de independencia estipulados por las normas de la CNV. Los miembros del Comité deben tener experiencia profesional en temas financieros, contables, jurídicos o empresariales.

El Comité de Auditoría tiene a su cargo el cumplimiento de los deberes establecidos en el Régimen de Transparencia en la Oferta Pública, que incluyen, entre otros, los siguientes:

  • • Supervisar el funcionamiento de los sistemas de control interno y del sistema administrativo-contable, así como la fiabilidad de éste último y de toda la información financiera o de otros hechos significativos que sean presentados a las autoridades en cumplimiento del régimen informativo aplicable.
  • • Asesorar al Directorio en relación con la nominación de candidatos a directores independientes para integrar el Comité de Auditoría.
  • • Opinar respecto de la propuesta del Directorio para la designación de los auditores externos a contratar por la Sociedad y velar por su independencia.
  • • Revisar los planes de los auditores externos, supervisar y evaluar su desempeño y emitir una opinión al respecto en ocasión de la presentación y publicación de los estados contables anuales.
  • • Informar sobre los honorarios de la auditoría externa y de otros servicios brindados por la firma auditora como así también por otras firmas de servicios relacionados con temas de auditoría, contabilidad, sistemas, control interno y asesoramiento en temas financieros y administrativos.
  • • Supervisar la aplicación de las políticas en materia de información sobre la gestión de riesgos de la Sociedad.
  • • Proporcionar al mercado información completa respecto de las operaciones en las cuales exista conflicto de intereses con integrantes de los órganos sociales o accionistas controlantes.
  • • Aprobar las operaciones con partes relacionadas en los casos establecidos por la legislación y emitir opinión fundada y comunicarla en cumplimiento de la ley toda vez que en Pampa exista o pueda existir un supuesto conflicto de intereses.
  • • Aprobar cualquier propuesta de remuneración de los directores de Pampa.
  • • Verificar el cumplimiento de las normas de conducta que resulten aplicables.


 
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